Modelo 145

Encuentra las respuestas a las preguntas más habituales que recibe el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Retenciones sobre rendimientos del trabajo, más conocido como el Modelo 145.

¿Qué es el Modelo 145?

El Modelo 145 es un formulario de la Agencia Tributaria (AEAT) que está relacionado con el IRPF. A través de este Modelo, el contribuyente comunica al pagador (normalmente su empresa) cual es su situación personal y familiar, que será determinante en el porcentaje de retención a aplicar en la nómina del trabajador.

La compañía para la que trabajas, tu pagador, está obligada a retener un determinado porcentaje de tus ingresos en previsión de los impuestos que deberás de pagar en la declaración de la renta.

Estas retenciones se tratan del porcentaje de tu salario que Hacienda se lleva cada mes, en previsión de lo que después tendrás que pagar de IRPF en la renta. Una vez hayas realizado la declaración de la renta, la AEAT compara el resultado que has presentado con la cantidad que te habían retenido.

En el caso que te hayan retenido más de la cuenta, se te devolverá la diferencia. En el caso inverso, tendrás pagar dicha diferencia.

¿Quién está obligado a presentar el Modelo 145?

Este Modelo se debería de cumplimentar cuando empiezas a trabajar en un empresa, así como cuando se produce alguna modificación en las circunstancias de tu vida personal y familiar. A pesar de ello, en muchas ocasiones se suele olvidar de informar a la empresa sobre estos cambios.

En el caso que no produzcan el tipo de variaciones comentadas anteriormente, no será necesario reiterar en cada ejercicio la comunicación de datos al pagador.

¿Qué pasa si no presento el Modelo 145?

Si se te ha olvidado o prefieres no comunicar a tu empresa los datos que se solicitan en el Modelo 145, se te aplicará la retención que aplique la empresa, que puede resultar superior a lo que realmente corresponda. En dicho caso, al presentar la declaración de la renta de ese ejercicio, podrías recuperar el dinero de más que te han retenido.

Importante: Debemos tener en cuenta, que si por algún motivo se incluyen datos falsos, incompletos o inexactos en este Modelo, o no comunicas las variaciones que se hayan podido producir en tu situación personal o familiar que tengan un efecto en una retención mayor, se está cometiendo una infracción tributaria que puede ser sancionada con una multa del 35% hasta el 150% de la cantidad que se habría dejado de retener por dicha causa.

¿Cómo rellenar y presentar el Modelo 145?

Normalmente, este documento te lo puede facilitar la empresa en el que te encuentras trabajando a finales de año o durante el proceso de contratación. Aun así, en el supuesto de que no te lo hayan facilitado, se pude rellenar en el siguiente enlace: Modelo 145 rellenable.

El siguiente Modelo consta de 7 apartados distintos, que son los siguientes:

  1. Datos del perceptor que efectúa la comunicación. En este apartado te pide el NIF, nombre y apellidos, fecha de nacimiento, situación personal, si cuentas con alguna discapacidad, si puedes aplicar una deducción de movilidad geográfica.
  2. Hijos y otros descendientes menores de 25 años, o mayores de dicha edad si son discapacitados, que conviven con el perceptor
  3. Ascendientes mayores de 65 años, o menores de dicha edad si son discapacitados, que conviven con el perceptor
  4. Pensiones compensatorias en favor del cónyuge y anualidades por alimentos en favor de los hijos, fijadas ambas por decisión judicial
  5. Pagos por la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual utilizando financiación ajena, con derecho o deducción en el IRPF
  6. Fecha y firma de la comunicación
  7. Acuse de recibo

Una vez rellenado y firmado el formulario, bastará con entregárselo a la empresa. No se debe de entregar en la Agencia Tributaria. Será la empresa quien conserve una copia del mismo para ponerle en disposición de Hacienda si lo solicita.

Si tus circunstancias personales o familiares cambian, y puedes optar a un tipo de retención menor, puedes presentar el Modelo de nuevo. Estas modificaciones tendrán efecto desde la fecha de comunicación, siempre que queden menos de 5 días para la confección de la siguiente nómina.

En el caso opuesto, si se produce un cambio que te suponga un tipo de retención mayor, deberás de comunicarlo en el plazo de 10 naturales desde el momento del cambio. Este nuevo porcentaje se te aplicará en la siguiente nómina.

Video sobre qué es y como rellenar el Modelo 145

Si te has quedado con alguna duda adicional, te recomendamos que eches un vistazo al siguiente vídeo. En él podrás ver las instrucciones para rellenar el Modelo 145.

Documentación de interés

A continuación puedes encontrar algunos enlaces relacionados con el siguiente Modelo, que pueden ser de tu interés.

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2 comentarios en “Modelo 145”

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